CJO&asociados

CJO & ASOCIADOS

ABOGADOS - ASESORES - CONSULTORES

EL TS ESTABLECE QUE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD ESTÁN EXENTAS DEL IRPF. ¿CÓMO RECLAMAR?

EL TS ESTABLECE QUE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD ESTÁN EXENTAS DEL IRPF. ¿CÓMO RECLAMAR?

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la que declara que las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF considerándolas exentas.

Esto quiere decir que se podrán reclamar las retenciones por dicho concepto de los últimos 4 años, al no estar prescritos. Por tanto, desde el año 2014.

Para reclamar dichos conceptos habrá de solicitar una rectificación de la autoliquidación de aquellos ejercicios (2014, 2015, 2016 y 2017), y pedir devolución por ingresos indebidos junto con sus intereses de demora.

Habrá que estar atentos a los próximos días ya que seguramente se establezca algún mecanismo que facilite el procedimiento de reclamación de estas cantidades.